Impuesto Sustitutivo de Impuestos Finales (ISIF) - Addval Impuesto Sustitutivo de Impuestos Finales (ISIF) - Addval

Impuesto Sustitutivo de Impuestos Finales (ISIF): Una oportunidad para utilizar de forma eficiente las utilidades y apoyar la reconstrucción en Valparaíso

Si tienes una empresa y estás buscando optimizar tu situación tributaria, quizás ya has escuchado del Impuesto Sustitutivo de Impuestos Finales (ISIF), un régimen que nos ofrece el Servicio de Impuestos Internos (SII). Este régimen, además de ser una herramienta para las empresas, tiene un impacto positivo para la reconstrucción de la Región de Valparaíso, gravemente afectada por los incendios de este año.

¿Qué es el ISIF?
Básicamente, es una opción que nos permite declarar y pagar un impuesto sustitutivo sobre las utilidades tributarias acumuladas al 31 de diciembre de 2023, que todavía no han sido gravadas con el Impuesto Global Complementario o el Impuesto Adicional. El gran beneficio es que podemos regularizar estas utilidades de una forma simplificada, ayudándonos a tener más claridad y control sobre las rentas pendientes de tributación.

¿Quiénes pueden acogerse?
Para que una empresa pueda acogerse a este beneficio, debe cumplir con algunos requisitos:

  1. Ser contribuyente del Impuesto de Primera Categoría (IDPC), con contabilidad completa.
  2. Estar inscrita en el Régimen Parcialmente Integrado o en el Régimen Propyme General (esto está regulado por el artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta).
  3. Tener utilidades acumuladas en el Registro de Rentas Afectas a Impuestos (RAI) al 31 de diciembre de 2023.

¿Qué tipo de utilidades pueden acogerse?
Solo se consideran las utilidades que estén en el RAI a la fecha mencionada. Estas pueden incluir también utilidades generadas hasta el 31 de diciembre de 2016, que están controladas en el registro STUT (Saldo Total de Utilidades Tributables). Si tu empresa tiene este tipo de utilidades, ¡es el momento de aprovechar este beneficio!

¿Cómo acogerse al ISIF?
El proceso es bastante simple y tienes hasta el 31 de enero de 2025 para hacerlo. Solo necesitas ingresar al sitio del SII y hacer la declaración a través del Formulario 50. Dependiendo del régimen en el que se encuentre tu empresa, deberás completar las líneas correspondientes:

  • Régimen Parcialmente Integrado: Línea 80 (códigos 850 y 851).
  • Régimen Propyme General: Línea 81 (códigos 852, 853 y 854).

Para facilitar aún más este proceso, el SII ha desarrollado una calculadora que te ayudará a determinar el monto a pagar.

El impacto del ISIF en Valparaíso
Lo más interesante del ISIF es que no solo es beneficioso para las empresas, sino que el monto recaudado se destina directamente al Fondo de Reconstrucción de Valparaíso. Este fondo fue creado específicamente para financiar la recuperación de la región tras los incendios de febrero de 2024. Contribuir al ISIF no es solo regularizar las utilidades de tu empresa, también es una forma directa de apoyar a la reconstrucción de viviendas, infraestructura y la creación de subsidios para la gente afectada.

¿Por qué deberías acogerte al ISIF?
Además de las ventajas que ofrece en términos tributarios, acogerse al ISIF es una decisión solidaria. Contribuyes de manera directa a la recuperación de Valparaíso, ayudando a miles de personas y empresas a levantarse después de una tragedia. Si tienes utilidades pendientes de tributación y cumples con los requisitos, esta es una excelente oportunidad para hacer una contribución significativa.

¿Tienes dudas?
Si necesitas más información o no estás seguro de cómo hacer el cálculo, puedes usar la calculadora disponible en el sitio del SII. Puedes consultar con nuestra área de TAX para recibir asesoría personalizada y asegurarte de cumplir con todos los requisitos, así como aprovechar al máximo este beneficio.

En definitiva, el ISIF es una oportunidad única para las empresas que desean de aprovechar de forma  eficiente sus utilidades de manera sencilla y, al mismo tiempo, ser parte del esfuerzo por reconstruir Valparaíso. Si tu empresa califica, no dejes pasar la oportunidad de acogerte antes del 31 de enero de 2025.

 

Erick Kessler

Experto tributario con estudios avanzados en Reforma Tributaria y Perito Judicial. Más de 10 años de experiencia en outsourcing contable, Due Diligence, auditorias tributarias y cumplimiento tributario a empresas de diversas industrias. Tales como: sociedades de inversión, inmobiliarias, desarrollo tecnológico, automotrices, entre otras. Título Contador Auditor, Universidad Central de Chile. Diplomado en Gestión Tributaria, Thomson Reuters Impuesto Adicional y Convenios para evitar doble tributación, Thomson Reuters.

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